Alta de autónomos online 2026: cómo darte de alta paso a paso

Date de alta como autónomo online en 2026: el orden correcto de los trámites y cuánto pagarás desde el primer día.💡 La tarifa plana de 80€/mes solo aplica si no has sido autónomo en los últimos 2 años: compruébalo antes.

Tiempo: Inmediato (alta efectiva desde la fecha solicitada) 🗓 Actualizado: 2026

Sobre este trámite

Darse de alta como autónomo en España en 2026 implica dos trámites simultáneos que muchos emprendedores confunden: el alta en Hacienda (AEAT, para empezar a emitir facturas) y el alta en la Seguridad Social como autónomo (RETA – Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Ambos pueden realizarse online con certificado digital o Cl@ve, y deben tramitarse antes de comenzar la actividad económica —en el caso de Hacienda, el mismo día de inicio o antes—. El orden correcto es primero Hacienda y luego la Seguridad Social, aunque ambos trámites suelen hacerse el mismo día.

En 2026, el sistema de cotización de los autónomos es el de cuotas por tramos de rendimientos netos, aprobado en 2023. Ya no existe una cuota fija universal: la cuota mensual varía entre aproximadamente 200 y 590 euros según los ingresos netos anuales estimados, con una tarifa plana reducida durante los primeros 12 meses de actividad (actualmente 80 euros/mes para nuevos autónomos). Calcular bien el tramo desde el principio es fundamental para no acumular deuda con la Seguridad Social.

Cuándo lo necesitas

Necesitas darte de alta cuando vas a empezar a prestar servicios o vender productos de forma habitual y por cuenta propia, cuando un cliente te pide factura y no tienes CIF activo, cuando vas a crear una empresa unipersonal o trabajar como freelance, o cuando has dejado de trabajar por cuenta ajena y vas a iniciar una actividad propia.

Casos habituales

Los casos más habituales son: freelance de diseño, programación o comunicación que empieza a trabajar para clientes propios, persona que abre un pequeño comercio o negocio de hostelería, profesional liberal (abogado, médico, arquitecto) que ejerce de forma independiente, y emprendedor que lanza un proyecto de e-commerce o venta online.

💡 Consejo práctico:

El orden es clave: primero Hacienda (modelo 036 o 037), luego Seguridad Social. La tarifa plana de 80€/mes aplica solo si no has sido autónomo en los últimos 2 años. Si te diste de baja hace menos de 2 años, no tendrás derecho a la tarifa plana. Revisa también si tu actividad requiere licencia o colegiación previa antes de darte de alta.

Documentación requerida

DNI o NIE con Cl@ve o certificado digital *

Para acceder a la sede de la AEAT y de la Seguridad Social y completar los trámites online

Código de la actividad (epígrafe IAE) *
Ver documento →

Debes identificar el código de tu actividad económica antes de rellenar el modelo 036/037. Búscalo en la web de la AEAT

Cuenta bancaria (IBAN) a tu nombre *

La cuota del RETA se domicilia en tu cuenta bancaria. Asegúrate de que tienes fondos suficientes desde el primer mes

Cómo hacer la solicitud paso a paso

Pasos para completarlo

Primero: alta en Hacienda con el modelo 036 o 037

Accede a la sede de la AEAT, selecciona el modelo 037 (simplificado para la mayoría) e indica tu actividad y fecha de inicio

Segundo: alta en la Seguridad Social como autónomo (RETA)

Accede a la sede de la Seguridad Social y tramita el alta en el RETA indicando la fecha de inicio (debe coincidir con Hacienda)

Selecciona el tramo de cotización según tus ingresos netos estimados

El sistema de cuotas por tramos te pedirá que estimes tus ingresos netos anuales. Sé realista: si te pasas, cotizas más; si te quedas corto, tendrás que regularizar

Domicilia la cuota mensual del RETA en tu cuenta bancaria

Indica el IBAN de tu cuenta para el cobro mensual de la cuota. Asegúrate de tener fondos disponibles cada mes

Guarda los justificantes de ambos altas y comienza a gestionar tus obligaciones fiscales

Desde el primer día de alta estás obligado a presentar declaraciones y emitir facturas correctas. Considera usar un gestor o software de facturación

Coste, plazo y validez

Coste Gratuito el trámite (la cuota RETA: desde 80€/mes tarifa plana hasta ~590€/mes según ingresos)
Plazo estimado Inmediato (desde el día solicitado)
Validez Indefinida (mientras se mantenga la actividad)

Errores comunes en este trámite

El error más frecuente es seleccionar el tramo de cotización más bajo sin tener en cuenta los ingresos reales, lo que genera diferencias a regularizar a final de año. El segundo error es no tener en cuenta que la cuota del RETA se devenga desde el primer día del mes de alta, no desde el día exacto del alta.

Después del trámite, ¿qué pasa?

Una vez dado de alta, estás obligado a presentar declaraciones periódicas de IVA (trimestral) e IRPF (trimestral y anual), emitir facturas con los datos fiscales correctos, pagar la cuota del RETA mensualmente, y conservar toda la documentación contable durante al menos 4 años. Si contratas empleados, añades además las obligaciones laborales correspondientes.

Dudas habituales

⚠️ Aviso importante

⚠️ El orden correcto es siempre primero Hacienda y luego la Seguridad Social. Invertir el orden puede generar incongruencias en las fechas de alta. Ambas fechas deben coincidir para evitar problemas en las declaraciones fiscales posteriores.